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Despido Laboral

¿Mi patrón puede despedirme sin que tenga buenas razones para ello?

Sí, a menos que cumplas con alguna de las excepciones que se anotan posteriormente. La ley presupone que los empleados en el sector privado son “libres”. Ser libres significa que tanto el empleado como el patrón pueden dar por terminada la relación laboral en cualquier momento sin que medie previo aviso o razón. Esto quiere decir que el patrón tiene el derecho de cancelar tu empleo en cualquier momento, por cualquier razón, o sin razón alguna, incluso si haces un buen trabajo.

¿Cuáles son las excepciones a la doctrina del empleo libre?

No eres un/a trabajador “libre” si cuentas con un contrato, como un contrato sindical. Cuando a un empleado lo ampara un contrato de trabajo, sólo pueden despedirlo según los lineamientos que establece dicho contrato.

Un manual o código de personal también puede funcionar como un contrato. Sin embargo, si hay algún tipo de nota aclaratoria en tu manual entonces puede que no lo sea. Al respecto, es posible que la legislación varíe sobre la evaluación de si un manual es un contrato o no.

No se puede despedir a un(a) empleado(a) por razones ilegítimas. Tal es el caso de razones debidas a su condición de pertenencia un grupo étnico específico (raza), género, edad, religión, nacionalidad o discapacidad, o debido a que participa en actividades de organización sindical.

Cada estado cuenta con leyes que regulan las relaciones laborales, por lo cual dos estados no cuentan con la misma legislación laboral. Sin embargo, la mayoría de ellos cuenta con estatutos creados por las legislaturas locales mediante los cuales prohíben que se despida a un empleado por razones de pertenencia a un grupo étnico (raza), religión, género, origen nacional, edad y discapacidad. Además, la mayoría de los estados cuenta con estatutos específicos que prohíben cierto tipo de discriminación no cubierto por la legislación federal, por ejemplo, en relación con la preferencia sexual o el estado civil.

Mucho de los contenidos de esta sección se reimprimieron con permiso y se obtuvieron en: http://www.workplacefairness.org/termination.php

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