Beneficios de Salud --COBRA
¿Tengo seguro de enfermedad?
Por una ley federal, conocido como COBRA (Consolidated Omnibus Budget and Reconciliation Act) tiene las provisiones que ayudan a trabajadores mantener su posibilidad de tener seguro de enfermedad aún después que ellos pierden sus trabajos. Las provisiones principales de COBRA bajo la ley actual están deletreadas abajo.
Su empleador debe tener 20 o más trabajadores. Si su empleador emplea menos que 20 personas, COBRA no aplica. Sin embargo, muchos estados tienen sus propias leyes que requieren que empleadores permitan que trabajadores despedidos continúen con su cobertura médica. Incluso si su empleador no es suficientemente grande para estar bajo COBRA, es posible que su empleador puede emplear un número suficiente de personas para ser susceptible a los requisitos de la ley. Dentro de su estado el departamento de seguro puede proporcionar esta información.
Por dieciocho meses después que su empleo es finalizado o hasta que usted llegue a ser elegible (si usted se inscribe o no) participar bajo otro plan, su empleador debe permitir que usted continúe tomar parte en su plan de seguro de enfermedad de con la misma cobertura que usted tuvo antes de su terminación.
La notificación
La cobertura no es automática. Usted debe elegir la cobertura por notificar a su empleador que usted quiere continuar, o "elegir," permanecer en el plan. La ley requiere que debe informarle a su empleador dentro de 30 días de su derecho de elegir esta cobertura. Usted entonces tiene hasta 30 días después de recibir la nota de empleador para mandarle algo en escrito que indique que usted quiere continuar la cobertura.
Para evitar que un lapso en cobertura, usted no debe esperar la nota de su empleador. Elija continuar lo mas pronto que usted puede. Si usted no lo hace, su cobertura puede cesar y la compañía de seguros puede refutar pagar sus cuentas. Su único recurso sería de demandar a su empleador por daños, por no decirle acerca su derecho de elegir esta cobertura.
La prima de la cobertura
Cuándo usted elige continuar bajo su plan de su empleador, usted, no su empleador, paga las primas, que pueden ser sobre $500.00 por mes para la cobertura de la familia. De hecho, su empleador le puede requerir que pagué hasta 102% de la prima. El 2% es para costos de administración. Usted le debe mandar la prima a su empleador, no a la compañía de seguros, cada mes o su cobertura transcurrirá.
Cuándo usted le manda una nota por escrito a su empleador que usted quiere a continuar su cobertura, incluya un cheque por la prima del primer mes, la cantidad se puede obtener de la oficina de personal o de su compañía de seguros. Una vez que su cheque se ha cobrado, su cobertura será verificada. Si la compañía toma la posición que usted no es permitido la cobertura, la compañía debe devolverle el cheque. Si usted no puede obtener a nadie quien le diga que es la prima, deber indicar el hecho en la carta y solicitar específicamente esta información. Tome todos los pasos que usted pueda para obtener esta cobertura y documente sus esfuerzos. Es aún una idea buena de mandar sus pedidos de su elección y el cheque por correo certificado entonces usted tendrá prueba que ha sido recibido.
La mala conducta (Gross misconduct)
Si usted fue despedido por "la mala conducta," (gross misconduct) usted no tiene derecho bajo COBRA. Sin embargo, no hay nada previniéndole a negociar sus derechos bajo COBRA y notificar a su empleador por escrito que usted quiere elegir la continuación de COBRA. Desde que no le costará a su empleador nada, usted puede ganar esto. Aunque el riesgo de ser negado su continuación de cobertura de seguro a causa de su mala conducta es muy leve, usted debe estar enterado de esta provisión.
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